Cumplimiento
Formulario D-270: qué es, cuándo aplica y cómo prepararlo correctamente
Guía completa sobre la declaración informativa D-270 de compras y ventas: quién la tiene que presentar, qué información incluir, umbral de ¢5 millones y sanciones por omisión.
Qué es el D-270 y cuál es su base legal
El D-270 es la "Declaración Informativa de Compras, Ventas, Gastos e Ingresos". Su base legal es el Decreto Ejecutivo N.° 41820-H y resoluciones complementarias de la Dirección General de Tributación. No es una declaración de pago — no genera impuesto a pagar — sino una declaración informativa que Hacienda usa para cruzar información entre contribuyentes y detectar inconsistencias.
La obligación aplica a todos los contribuyentes inscritos en el régimen de tributación, tanto personas físicas con actividad lucrativa como personas jurídicas. El umbral clave es de ¢5,000,000 (cinco millones de colones) en transacciones acumuladas con un mismo tercero durante el período fiscal (1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente).
Si en el período fiscal ningún proveedor ni cliente superó ese umbral individualmente, no existe obligación de presentar el D-270. Sin embargo, si al menos uno los supera, se tiene que declarar la totalidad de las transacciones que superan el umbral — no solo ese caso aislado.
Qué información debés incluir en el D-270
Por cada proveedor o cliente que supere ¢5,000,000, tenés que declarar: número de cédula (física o jurídica), nombre o razón social, monto total de las transacciones del período, IVA cobrado o pagado según corresponda, y la cantidad de comprobantes electrónicos emitidos o recibidos.
La fuente de esta información tiene que ser el sistema de facturación electrónica. Hacienda ya tiene acceso a todos los comprobantes emitidos a través de la API de ATV, por lo que cualquier discrepancia entre lo declarado en D-270 y los comprobantes electrónicos registrados generará una inconsistencia automática.
Un error frecuente es excluir proveedores que pagan en efectivo o por transferencia sin comprobante. Si superan el umbral, hay que incluirlos igual. También hay que incluir los comprobantes recibidos de proveedores aunque no hayan pasado por la plataforma electrónica de Hacienda (por ejemplo, servicios del exterior).
Fechas de vencimiento y procedimiento de presentación
El D-270 vence el 31 de marzo de cada año, reportando las transacciones del período fiscal anterior (octubre a septiembre). Por ejemplo, el D-270 a presentar en marzo de 2026 cubre el período del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025.
La presentación se realiza exclusivamente a través de TRIBU-CR (tribucr.hacienda.go.cr). El formulario permite cargar la información manualmente o mediante un archivo de importación en formato .txt o .xlsx según el manual técnico disponible en la plataforma de Hacienda.
Si descubrís un error después de presentar, podés presentar una "declaración sustitutiva" antes de que Hacienda inicie una actuación. Una vez que hay requerimiento abierto, la corrección hay que hacerla dentro de ese proceso y puede implicar cargos adicionales.
Sanciones por omisión o presentación incorrecta
La omisión de la declaración D-270 cuando existe obligación genera una multa de entre el 50% y el 150% del salario base según la gravedad, bajo el artículo 83 del Código Tributario. Con el salario base de 2026 en ¢462,200, eso equivale a entre ¢231,100 y ¢693,300.
Presentar información incompleta o inconsistente con los comprobantes electrónicos puede generar un requerimiento de información (plazo de 5 a 15 días hábiles para responder) o directamente una actuación de fiscalización. El riesgo no es solo la multa sino que activa una revisión más profunda.
La manera más efectiva de evitar problemas es que tu sistema contable mantenga un registro limpio de todos los proveedores y clientes con sus montos acumulados durante el período, de modo que la consolidación para el D-270 sea automática y verificable.
Cómo preparar el D-270 sin errores
Desde octubre de cada año, llevá un acumulado de las transacciones por proveedor y cliente. No esperés al último trimestre del año fiscal. Un sistema contable que registra cada comprobante en tiempo real te permite generar el reporte de terceros relevantes en minutos.
Antes de presentar, validá la consistencia entre la información de tu sistema contable y los comprobantes en el sistema de Hacienda (ATV). Si hay facturas emitidas que no aparecen en ATV, es una señal de que hay un problema en la emisión que tenés que corregir antes.
Coordiná con tu contador con al menos 15 días de anticipación al 31 de marzo. La información para el D-270 requiere consolidación, validación y en muchos casos aclaraciones que no pueden hacerse en los últimos días.
Prepará el D-270 con datos limpios y verificados
Kontafico lleva el acumulado por proveedor y cliente para que el D-270 de marzo no sea una sorpresa.
Probá KontaficoPreguntas frecuentes
¿El D-270 aplica a empresas en régimen simplificado?
Las empresas en el régimen simplificado tienen obligaciones tributarias diferentes. En general, no están obligadas al D-270 bajo las mismas reglas, pero es importante verificar con tu contador ya que la normativa puede tener requisitos específicos según el tipo de actividad y el régimen.
¿Qué pasa si superé el umbral con un proveedor pero no me di cuenta?
Si la omisión es voluntaria, podés corregirla presentando la declaración antes de que Hacienda la requiera. Si ya hay un requerimiento, tenés que presentarla dentro del plazo indicado en la notificación (generalmente 5 días hábiles). Presentar espontáneamente reduce significativamente las sanciones aplicables.
¿Kontafico puede generar el reporte para el D-270?
Sí. Kontafico lleva el acumulado de compras y ventas por tercero, y puede generar un reporte con los proveedores y clientes que superan ¢5,000,000 en el período, con los montos de IVA y el número de comprobantes. Esto facilita enormemente la preparación del D-270 con tu contador.